A finales de marzo, el Presidente presentó ante la Cámara de Diputados una iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Minera, entre las que se contemplan cambios a la Ley de Aguas Nacionales; Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; y la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. Esto con el fin de modificar las concesiones para minería y agua.
La minería es prioritaria para el crecimiento de cualquier país y por años México se ha destacado en esta actividad por sus recursos de importancia mundial. Sin embargo, estas modificaciones podrían rezagar al país al limitar las actividades de exploración, explotación y tratamiento de esos minerales.
Por esta razón, la Firma legal Baker McKenzie, presentó un análisis de las reformas presentes en la iniciativa y que podrían representar un riesgo grave para la minería en México.
1.- Riesgo de realizar adjudicaciones directas en nuevas concesiones
Se elimina el esquema de terreno libre y primer solicitante y se propone modificar el esquema de otorgamiento de concesiones para que únicamente sea mediante concurso de licitación pública.
Con esto se prohíbe a las empresas mineras solicitar nuevas concesiones, otorgando el control total de éstas a la Secretaría de Economía. Lo cual podría terminar, como en otras industrias y sectores, en adjudicaciones directas de muchos de estos procedimientos.
La Iniciativa no sienta las bases respecto al desarrollo de programas que consideren el inventario de áreas susceptibles a ser licitadas, así como su periodicidad. Dando la impresión de que el Gobierno Federal no tendría mucho interés en convocar a concursos, impactando el número de proyectos desarrollados por empresas privadas.
En casos de áreas habitadas por una comunidad indígena, se deberá suscribir un convenio para obtener el uso del terreno y otorgar un pago de al menos el 10% de las utilidades obtenidas por la actividad minera, un umbral elevado y desproporcional que muy probablemente no aguantaría una revisión constitucional.
Además, se establece que la Secretaría de Economía puede otorgar asignaciones a entidades paraestatales de la Administración Pública Federal, sin la necesidad de sujetarse al procedimiento de concurso, atentando con esto contra los principios constitucionales en materia de competencia económica y libre concurrencia.
2.- No se establecen mecanismos claros para acordar y negociar los términos
Se elimina el carácter preferente de la actividad minera y consecuentemente el derecho de los concesionarios a obtener la expropiación del terreno correspondiente para explotación minera.
Se propone la sustitución por un acuerdo de ocupación temporal o servidumbre entre los titulares de las concesiones y las personas propietarias o titulares de los derechos de los terrenos. La contraprestación, los términos y condiciones para el uso, goce y afectación de dichos terrenos deben ser negociados y acordados por dichas partes, pero no se establecen mecanismos, parámetros o criterios objetivos y claros que sienten las bases respecto a cómo se deben acordar y negociar los términos.
3.- Riesgo de afectar inversiones y salida de las mismas a otros países
Se reduce la duración y prórroga de las concesiones mineras, 50 a 15 años, prorrogable por una sola ocasión hasta por un lapso igual.
Esta medida coarta la inversión productiva para la exploración y explotación de minerales, genera incertidumbre y provoca que posibles inversionistas nacionales y extranjeros lleven sus recursos a otros países. Las operaciones mineras pueden tardar entre 5 y 10 años solo para empezar su fase de producción, limitarlas a 15 años, con una sola prórroga, volvería inviables muchos proyectos. Además, esta modificación pone en riesgo las concesiones ya otorgadas, pues constituiría una expropiación indirecta de las concesiones ya otorgadas.
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4.- Concesión minera necesitará una concesión de agua
Se condiciona el otorgamiento de concesiones mineras a la disponibilidad hídrica, así como a la concesión de agua para minería que se obtenga previamente.
Dada la situación de falta de recursos hídricos que se vive actualmente en varios estados de la república, se crea una nueva modalidad de concesión de agua para uso específico en minería, la cual quedará sujeta a la disponibilidad y tendrá una duración de 5 años con posibilidad de prórrogas por igual término.
5.- La autorización de transmisión de títulos de concesión dependerá de los tiempos de la Secretaría de Economía
La iniciativa establece que todas las transmisiones de concesiones mineras requerirán la autorización por parte de la Secretaría de Economía, lo cual podría tener implicaciones negativas por los tiempos que la dependencia podría tomar para autorizar la transmisión, causando afectaciones en la inversión privada y en operaciones de fusiones y adquisiciones.
6.- Generará incertidumbre jurídica por más causas de cancelación de concesión
Aumentan sustancialmente las causas de cancelación de las concesiones mineras. Esto provocará gran incertidumbre jurídica pues algunas de esas causas están muy abiertas a la interpretación y carecen de parámetros objetivos y cuantificables.
7.- Se limita la capacidad para explotar otros minerales adicionales a los especificados en el título de concesión
Se acota la explotación minera a minerales o sustancias que deberán ser especificadas en el título de concesión. Esto limita la capacidad para explotar otros minerales que se encuentren dentro del terreno de la concesión y que puedan ser encontrados durante la exploración.
Para Baker McKenzie si bien, esta iniciativa representa un cambio de régimen importante para el sector, parecería que el Gobierno Federal intenta recuperar para el Estado todas las concesiones otorgadas y frenar la emisión de las nuevas. Esto a través de acciones que podrían ser consideradas como expropiatorias que limitan las vigencias y prórrogas de las concesiones, además de sujetar a autorización previa los procesos de transmisibilidad y disposición.
Asimismo, agrega la firma, la iniciativa atenta contra varios principios constitucionales y tratados internacionales como el T-MEC, al entorpecer el crecimiento y los principios de competencia económica y de libre concurrencia.
Es probable que la Iniciativa no se apruebe en fast track. Sin embargo, podría convertirse en ley antes de lo estimado, sin que se lleven a cabo las discusiones y debates pertinentes, que un cambio como éste ameritaría.
Finalmente, consideró que el Estado Mexicano debe repensar su estrategia, antes de realizar un daño irreparable al sector, lo cual podría desencadenar en un daño profundo a la economía del país.