La Suprema Corte desechó “por notoria y manifiesta improcedencia” la acción de inconstitucionalidad promovida por senadores de oposición contra la reforma a la Ley de Hidrocarburos.
El acuerdo señaló que “se desecha de plano, por notoria y manifiesta improcedencia, la acción de inconstitucionalidad que hacen valer quienes se ostentan como Senadores integrantes de la LIV Legislatura del Congreso de la Unión.”
Además, indicó que una vez que cause estado el presente auto, relacionado con la acción de inconstitucionalidad 91/2021, debe archivarse el expediente como asunto completamente concluido.
También se habilitaron días y horas necesarias para realizar las notificaciones por lista y oficio a los promoventes, en el domicilio señalado en su escrito inicial. Y será añadida al expediente para que surta efectos legales la impresión de la evidencia criptográfica de este auto, de conformidad con el punto quinto del Acuerdo General 14/2020.
El documento aclara que el acuerdo partió de la revisión exhaustiva de los documentos exhibidos, mismos en los que la Corte señaló que hacían falta firmas autógrafas de los promoventes. Lo que habría quedado anotado desde la certificación asentada por la oficina de Certificación Judicial y Correspondencia.
Agrega que de acuerdo con la disposición a la que se invocó, se les dio la oportunidad de presentar un documento con firmas autógrafas, y no con firmas en copia simple. “La ratificación operaría ante la dudad de la autenticidad de las firmas anotadas, pero siempre que éstas fueran autógrafas, lo que, en el caso, no sucede.”
Finalmente, se les comunicará a los senadores responsables de dicha iniciativa, que quedará a su disposición el medio de impugnación que al efecto establece la Ley Reglamentaria.