La Comisión Reguladora de Energía emite en el Diario Oficial las Disposiciones Administrativas de Carácter General para la Integración de Sistemas de Almacenamiento de Energía Eléctrica al Sistema Eléctrico Nacional, mismas que se anexan al presente como Anexo Único.
De acuerdo con el documento, las Disposiciones son aplicables en todo el territorio nacional y aplica a los siguiente: El CENACE, los Generadores, los Generadores Exentos, los Suministradores, el Transportista, el Distribuidor, las Entidades Responsables de Carga y los Usuarios Finales se sujetarán a las mismas en lo que les resulte aplicable y de manera no discriminatoria.
Las presentes Disposiciones tienen por objeto establecer las modalidades y condiciones generales bajo las cuales se realizará la integración de Sistemas de Almacenamiento de Energía Eléctrica (SAE) al Sistema Eléctrico Nacional (SEN), a fin de que ésta se realice de manera ordenada y económicamente viable, permitiendo contrarrestar la variabilidad de las Centrales Eléctricas intermitentes y aprovechar los productos y servicios que pueden ofrecer los SAE para mejorar la eficiencia, Calidad, Confiabilidad, Continuidad, seguridad y sustentabilidad del SEN.
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