La Comisión Reguladora de Energía (CRE) emitió un acuerdo en el que establece el procedimiento para regularizar las obligaciones incumplidas por los permisionarios y garantizar la continuidad del servicio en beneficio del interés público, en la atención de solicitudes de cesión de permisos de expendio al público, a través de estación de servicio con fin específico de petrolíferos, Gas Natural o Gas Licuado de Petróleo, a que se refiere el artículo 53 de la Ley de Hidrocarburos.
En el Acuerdo Núm. A/080/2023, publicado en el Diario Oficial será aplicable únicamente para aquellos permisionarios de expendio al público, a través de estación de servicio con fin específico de petrolíferos, gas natural o gas licuado de petróleo que de manera voluntaria deseen regularizar el actuar en las actividades que le fueron otorgadas en su permiso, que no cuenten con el cumplimiento de sus obligaciones y que tengan una solicitud en trámite de modificación por cesión al momento de inicio de la vigencia del presente, o deseen realizar una cesión de permiso de expendio al público de hidrocarburos, durante la vigencia del presente acuerdo y por el incumplimiento de las mismas no cumplan con lo establecido en el artículo 53 de la LH.
En documento establece que para efectos del presente acuerdo, la regularización consistirá en la imposición de una sanción económica ante el incumplimiento de obligaciones y, una vez pagada de manera voluntaria, se tendrá por solventado el cumplimiento de obligaciones. Situación que permitirá someter con posterioridad, a consideración del Órgano de Gobierno, la solicitud de modificación por cesión del permisionario.
La autoridad indica que para la regularización a que hace referencia el presente acuerdo se tomarán en cuenta los siguientes incumplimientos: