Autor: Ramses Pech – Grupo Caraiva – Grupo Pech Arquitectos
El Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) entró en vigor el 1 de julio de 2020. El T-MEC mantiene los aranceles cero que estaban vigentes entre los tres países en el marco del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, y modernizó el acuerdo para incluir obligaciones laborales, y ambientales sólidas y exigibles, disposiciones innovadoras para combatir las prácticas no comerciales, y disposiciones que cubren a las pequeñas y medianas empresas (PYME). Pero esto ha cambiado, y los Estados Unidos ha observado dentro del TMEC con México, a los siguientes puntos que limitan a el libre comercio, y que deben ser considerado para enero del 2026:
POLÍTICAS DE IMPORTACIÓN – BARRERAS NO ARANCELARIAS:
- Aduaneras, y Facilitación del comercial haber una aplicación Desigual en frontera de las normas y reglas de etiquetado mexicano.
- Adjudicación de registros sanitarios, y solicitudes de permisos de importación para dispositivos médicos, suministros y productos farmacéuticos.
- El rechazo de los permisos de importación de productos químico que contienen glifosato.
- Retrasos en la recepción de las aprobaciones de registro y comercialización, para ciertos pesticidas y productos químicos agrícolas.
OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO, SANITARIOS Y FITOSANITARIOS
- Cambio al Reglamento de aplicación de la Ley de Infraestructuras de la Calidad
- El comercio de productos de telecomunicaciones móviles, al exigir pruebas en el país para las Tasas de Absorción Específicas y estándares de referencia obsoletos.
- El envío de papas frescas a todo México, más allá de una zona de 26 kilómetros a lo largo de la frontera entre Estados Unidos y México.
- Sobre los permisos de importación de productos provenientes de la biotecnología agrícola, las decisiones sobre las solicitudes, no se basaban en la ciencia y están sujetas a demoras.
- Rechazo a solicitudes para el cultivo de algodón transgénico.
BARREAS DE SERVICIO
- La limitación de la capacidad de los proveedores de servicios de pago electrónico de los Estados Unidos para suministrar, su conjunto completo de servicios de valor añadido a nivel transfronterizo, incluida la protección contra el fraude, y diferenciarse en el mercado.
- El pago retroactivo por parte de empresas estadounidenses, que dan el servicio de
seguros, por cambio de leyes por parte del SAT, sobre danos que se remontan al 2015.
- La competencia de empresas de servicios estadounidenses de telecomunicaciones con un agente económico preponderante por el IFT, sobre todo en el servicio de telefonía móvil.
BARRERAS A LA INVERSIÓN
Sector energético
- La limitación de inversiones de empresas de los estados unidos, derivado de una política energética centrada en las dos empresas del estado CFE, y PEMEX. Al modificar ciertas leyes, para beneficiar a las mismas para ser preponderante en el mercado.
- Demoras frecuentes, rechazos inexplicables o injustificados e inacción con respecto a las solicitudes de nuevos permisos o modificaciones de permisos para poder operar en el mercado energético.
- La extensión hasta 2026 para cumplir con los requisitos de contenido máximo de azufre bajo su estándar de combustible para ciertas partes de México. Esta prórroga, exime temporalmente a PEMEX de tener que vender solo combustible diésel de ultra bajo azufre en todo el país. Sin la extensión, PEMEX habría tenido que importar combustible diésel de azufre Ultra bajo de Estados Unidos, o actualizar sus instalaciones para producir diésel de azufre Ultra bajo en cantidades suficientes.
- La nueva política que requeriría que los usuarios de la red de transporte de gas de México obtengan gas natural de PEMEX o CFE. Varias empresas estadounidenses han informado que han salido del mercado energético deMéxico.
- La aprobación por parte de la cámara de diputados a nivel constitucional de una propuesta de reforma, que prohibiría la extracción de hidrocarburos líquidos y gaseosos mediante fracking, excepto en los casos determinados por el Gobierno de México para fines estratégicos nacionales.
Sector Minero
- La modificación de la ley minera nacional para establecer un mayor control estatal sobre los recursos de litio del país. Las reformas colocan la exploración, explotación y utilización del litio de México bajo el control exclusivo de una empresa estatal de nueva creación, LitioMx, y excluyen a las empresas privadas de concesiones, licencias, contratos, permisos y autorizaciones para realizar esas actividades.
- Cambio en la ley minera que autorizan al gobierno a declarar otros minerales como «recursos estratégicos» que permitirían un mayor control estatal en el futuro.
- La aprobación por parte de la Cámara de Diputados de México de una propuesta de reforma constitucional, que prohibiría las actividades mineras a cielo abierto relacionadas con la exploración, explotación, beneficio o uso de minerales, metales y metaloides, excepto en los casos determinados por el Gobierno de México por razones estratégicas de desarrollo nacional.
Sectores Restringidos
- México restringe la inversión extranjera en ciertos sectores bajo la Ley de Inversión Extranjera. Ciertos sectores, como la infraestructura de transporte, están completamente cerrados a la inversión extranjera.
- La propiedad extranjera tiene un límite del 49 por ciento para las empresas de entrega urgente, y las tierras para fines agrícolas, ganaderos y forestales, así como para los servicios de administración portuaria.
Fuente: https://ustr.gov/sites/default/files/files/Press/Reports/2025NTE.pdf





















