El Servicio de Administración Tributaria (SAT) extiende el plazo al 31 de mayo, para presentar la declaración anual para personas físicas que tradicionalmente se hace cada 30 de abril de cada año.
La institución, además de cambiar la fecha para la declaración de impuestos, y para ayudar a los contribuyentes, si alguien no cuenta con su Contraseña, el SAT también facilita los trámites para no asistir a una oficina y se puede renovar y hasta generar por medio de SAT ID.
Las #PersonasFísicas que presentarán su #Declara2020 tienen hasta el 31 de mayo para hacerlo. Si requieres generar o renovar tu contraseña o tu e.firma, lo puedes hacer en https://t.co/H0Dg6wTAeI o en la App SAT ID. Si requieres orientación, utiliza el nuevo OrientaSAT. pic.twitter.com/zwKKGJCV3q
— SATMX (@SATMX) April 6, 2021
¿Quiénes deberán presentar la declaración anual 2020?
Las personas físicas que en 2020:
+ Obtuvieron ingresos por salarios (o sea los que tuvieron un patrón y dejaron de tenerlo antes del 31 de diciembre del 2020).
+ Los que obtuvieron ingresos de diferentes sueldos.
+ Quienes trabajaron para dos o más patrones al mismo tiempo.
+ Cuyo salario provenga del extranjero.
+ Quienes obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación.
+ Quienes por la totalidad de todos sus ingresos excedieron los 400 mil pesos.
+ Quienes prestan servicios profesionales y cobran por honorarios.
+ Los del régimen de actividad empresarial.
+ Quienes tributan en el régimen de Incorporación Fiscal y optaron por hacer pagos provisionales (bimestrales).
+ Quienes hagan actividades empresariales utilizando plataformas tecnológicas.
+ Quienes obtienen ingresos rentando algún inmueble.
+ Si alguien enajenó bienes.
+ Si adquirieron bienes.
De igual manera una persona física debe informar al SAT algún préstamo, donativo o premio obtenidos durante 2020, que sea mayor a 600 mil pesos.