La Comisión Nacional de Mejora Regulatoría (CONAMER) publicó en su página una actualización del Código de Red en el que destaca mayor claridad a la operación de las energías renovables y mayores requerimiento para los centros de carga (usuarios de mediana y alta tensión), con lo que se pone en la antesala la publicación del Código de Red 2.0.
Héctor Beltrán, exregulador y especialista del sector eléctrico, comenta que para la nueva versión del Código de Red se recibieron 4,764 comentarios en la consulta pública, en el que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) estima haber contestado el 100% de los cuestionamientos.
En las nuevas consideraciones, se puede destacar, el tema de la planeación, donde el Centro Nacional de Control de Energía (CENACE) tendrá que desarrollar un procedimiento para analizar las propuestas de la Comisión Federal de Electricidad, que aunque esto ya ocurría para la distribución, incluso tiene su propio programa, lo nuevo es el reconocimiento explícito a la presentación de propuestas por transmisión y la obligación de analizarlas.
En lo que se refiere a la operación del sistema eléctrico nacional, se incorpora un nuevo procedimiento para el Análisis Causa Raíz de disturbios en el sistema, que será de gran utilidad para estudiar eventos como el ocurrido en diciembre 2020, con ello, se busca implementar acciones correctivas y preventivas así como asignar responsabilidades.
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Actualmente, la operación vigente es: renovables y CIL suben en el orden de reducción. Héctro Beltrán, comenta que “esto se discutió técnicamente para mantener la confiabilidad desde el punto de vista de aportación de inercia en disturbios. Primero lo técnico, luego el costo”.
En el tema de la interconexión, dice el experto, se precisa la participación de las centrales renovables (asíncronas) en el control primario ante baja frecuencia. “Los que somos ingenieros entendemos la gran importancia de este requerimiento puesto que es fundamental para mantener la confiabilidad en el SEN”.
Y es que, explica, el control de frecuencia tiene que ver con la aportación de potencia activa a la red para mantener el equilibrio carga-generación. “Pedirle a las renovables que aporten potencia cuando no pueden (no hay sol o no hay viento) siempre ha estado en la discusión”.
Código de Red: contenidos para contexto
Sin duda, dice el especialista, “existen temas importantes aquí como la posible “obligación” de los renovables de contar con almacenamiento (baterías) o que implementen electrónica de potencia para proveer “inercia sintética”. Lo anterior puede ser costoso al grado de no hacerlos viables”, y es que, “precisar las condiciones cuando los renovables están obligados a aportar potencia activa para control de frecuencia abona a la transparencia y a la certeza operativa: genera cuando haya recurso y cuando todavía tengas posibilidad de incrementar capacidad”.
En temas de conexión, esta el punto algido de la discusion de los centros de carga, dice Héctor Beltrán, “los nuevos requerimientos se extienden a más usuarios. El principal cambio es un factor de potencia obligatorio para usuarios en media tensión y demanda >= 1MW, en el que se incluye de manera formal un formato para la presentación de Planes de Trabajo ante la CRE y será importante cumplir con los requerimientos y hacerlo del conocimiento de la autoridad, concluye.
13. Nos encontramos en la antesala de la aprobación del Código de Red 2.0 Ahora que se están cumpliendo las formalidades de la mejora regulatoria en @CONAMER_MX y en caso de obtener el “dictamen total final” quedan pocos pasos para que este asunto pueda ser votado…
— Hector Beltran (@HectBeltran) November 18, 2021
Consultar el expediente del Código Red: Expediente 23317 CR
Código de Red 2.0
Código de Red 2.0 publicado 17 nov 2021 by Pedro Mentado on Scribd
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