Expertos descartaron la posibilidad de que esta administración pueda concretar una reforma constitucional en el sector eléctrico, mientras se viole el derecho a la libre competencia de las empresas. En ese sentido, anticiparon la inconstitucionalidad de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).
Durante el Congreso de Eficiencia Energética y Energías Limpias 2021, organizado por Factor Energético, Samantha Garnica, representante de WEN fue la moderadora del panel ‘Estrategias legales para hacer negocios en medio de la reforma energética’.
José María Lujambio, socio y director de la Práctica Energética en Cacheaux, Cavazos & Newton, señaló que “una eventual reforma constitucional es posible, pero al día de hoy, no es probable. El planteamiento lo ha realizado el Presidente de la República, al darse cuenta que los diferentes instrumentos que ha utilizado para impulsar esta política no han sido exitosos, porque no son acordes con la Constitución.”
Subrayó que “en los mercados de comercialización de energía eléctrica, no se puede otorgar una prioridad a las empresas del Estado, sin que viole el principio y los derechos que establece la libre competencia que determina el 28 constitucional.”
“De ahí que por más que haya políticas de confiabilidad, acuerdos del Cenace, etcétera, hasta que no se reforme la Constitución para establecer esta prioridad que al Presidente le interesa, no serán exitosos y se va a seguir judicializando el sector eléctrico, al violarse derechos de las empresas que compiten en estos mercados.”
Inconstitucional la reforma a la LIE
José María Lujam, indicó que tampoco se pueden vulnerar los derechos colectivos a un medio ambiente sano, que han hecho valer también organizaciones de la sociedad civil, particularmente ambientalistas, quienes han conseguido suspensiones, incluso de carácter general contra la reforma a la LIE.
No “solo están los amparos promovidos por empresas y Ong’s, también hay una controversia constitucional promovida por la Comisión Federal de Competencia Económica, y una más promovida por al menos un tercio de los senadores de la República.”
Comentó que “al final la Suprema Corte necesitará 8 de los 11 votos para declarar la inconstitucionalidad, una mayoría calificada. En estos procedimientos no hay suspensiones.” También habrá que ver si los recursos de revisión de las sentencias de amparos son atraídos por la Corte, al tener interés y trascendencia, en paquete. Lo ideal es que resuelva la Corte.
“A mi juicio es inconstitucional, quien diga lo contrario tendrá que hacer ‘maromas argumentativas’.”
¿Judicialización eterna?
Claudio Rodríguez Galán, socio encargado de la práctica de Energía e Infraestructura en Holland & Knight, consideró que el que se hayan otorgado los primeros seis amparos para la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), es fundamental ya que crea un precedente importante.
No obstante, hay que leer con cuidado esta sentencia en el sentido de que algo importante le pase la bolita a “la Suprema Corte, para que sea ésta la que declare la constitucionalidad o no a la reforma, lo cual está por verse.”
Explicó que la Corte le da un tratamiento diferenciado a los artículos transitorios a la reforma de la LIE, pero lo importante es que otorga los amparos a estas empresas. También destaca que los amparos solo son para los quejosos, no le da efectos generales como sí lo hizo en las suspensiones.
Rodríguez Galán precisó que para los que no son estas empresas seguirán siendo aplicables hasta que no haya una sentencia definitiva.
¿Qué sigue?
Rodríguez Galán, comentó: “Lo que me preocupa es qué va a seguir, lo que realmente deberíamos tener en mente es cómo va a reaccionar el gobierno ante estos amparos, me preocupa que emita una nueva regulación a nivel de leyes, a nivel de manuales o memorándums, a éstos últimos con efectos superiores a la propia Constitución.”
Preocupa “que lleven esto a una judicialización eterna en el sector durante los próximos años. El presidente ya anunció una reforma constitucional, curioso, solo en materia eléctrica, ya no en materia petrolera.”
También es importante “la nueva composición del Congreso, cómo va a jugar esto, en qué sentido vendrá dicha reforma, si es solo política y es nada más una pincelada o realmente será de fondo.”
“Todo esto abre varias aristas, no es el fin del camino definitivamente, porque el tema de la confianza en las inversiones está en la mesa todavía, y tendrá una relación muy directa con la forma en que reaccionará el gobierno.”
Además, hay que considerar “la decisión del presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Saldívar definitivamente tiene un peso si esto llega a la Suprema Corte, y la constitucionalidad de la reforma a la LIE.”
No es el fin del mundo
Benjamín Torres Barrón, socio líder del Grupo de Práctica de Energía, Minas e Infraestructura en Baker McKenzie, dijo que esta sentencia solo impacta a los quejosos, habrá que ver el destino de muchos otros jugadores de la industria que no se ampararon.
Sin embargo, “no es el fin del mundo porque aquellos que no se ampararon, tienen una segunda oportunidad en el amparo, en el peor escenario que no tenga efectos generales. Hay que destacar que hay esa oportunidad con un amparo.”
Este no es el fin de la película y esta sentencia de primera instancia es algo muy nuevo y el gobierno podrá ir una segunda instancia. “La suerte no está echada todavía en cuanto al destino de esta reforma. Esto va a llevar tiempo unos 6-8 meses más.”
Para el experto, este proceso también puede servir como una curva de aprendizaje para reforma a la Ley de Hidrocarburos, donde se desechó la acción de inconstitucional porque faltaron algunas firmas.