En últimos días, el Primer Tribunal Colegiado Especializado en Competencia Económica ha dado marcha atrás a un par de suspensiones definitivas contra la entrada en vigor de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE). Con estas determinaciones se allana para la entrada en vigor de esta ley, publicada el 9 de marzo.
Con el argumento de que la reforma no causa, por ahora, perjuicio o afectación a los productores privados de energía eléctrica, ya que la ley prevé un plazo de 180 días para ajustar todas las normas del sector.
Aclararon que las empresas solo podrán solicitar las suspensiones cuando existan las normas, o cuando las autoridades les inicien algún procedimiento de revisión, renegociación o revocación de permisos.
Además, la reglamentación establece un plazo de 180 días para que se ajusten a las nuevas normas que se imponen al sector eléctrico, en el artículo Tercero Transitorio.
Los organismos encargados de realizar esas modificaciones, así como revisar los acuerdos, resoluciones, lineamientos, políticas, criterios, manuales y demás disposiciones que establezca la LIE, serán la Secretaría de Energía (Sener), la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace).
Cabe aclarar que pesar de las revocaciones a las reformas a la LIE, permanece suspendida con efectos generales hasta que no se resuelvan cerca de 100 suspensiones restantes.
La Ley de la industria Eléctrica de AMLO
La LIE es una de varias acciones que ha implementado el gobierno de Andrés Manuel López Obrador, para favorecer a la Comisión Federal de Electricidad (CFE). Se publicó en el Diario Oficial de la Federación el pasado 9 de marzo.
No obstante, empresas particulares que se ampararon, lograron que fuera suspendida por los jueces Juan Pablo Gómez Fierro y Rodrigo de la Peza, quienes otorgaron suspensiones provisionales.
La principal afectación que ven las empresas privadas es la modificación en el mecanismo del despacho de las centrales eléctricas, para quedar en la siguiente prioridad: Energía Producida por las Hidroeléctricas, Energía Generada en otras Plantas de la CFE, Energía eólica o solar de particulares y Ciclos Combinados de empresas privadas.