A pesar de las fuertes críticas del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), sobre el desempeño del juez Juan Pablo Gómez Fierro, este viernes otorgó una suspensión definitiva a la reforma de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).
“La suspensión definitiva que se concede es para el efecto de que se suspendan todas las consecuencias derivadas del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el nueve de marzo de dos mil veintiuno”.
En la resolución del juez Gómez Fierro, se aclara que, a pesar la medida sólo se solicitó por dos empresas que realizan actividades reguladas en el sector eléctrico, debe tener efectos generales; ya que de otorgar una medida cautelar con efectos particulares, es decir, solamente para las quejosas, este Juzgado de Distrito no solo estaría otorgándoles una ventaja competitiva frente a los demás particulares en su misma posición; sino que, además, podría ocasionar distorsiones en la industria eléctrica, afectando la competencia y el desarrollo de dicho sector.
“Se determina que el principio de relatividad de las sentencias debe modularse en el caso concreto, para cumplir con el objetivo último de la Constitución, esto es, permitir una mayor participación de agentes económicos a efecto de lograr el desarrollo eficiente y competitivo de los mercados y de la población en general en una dimensión colectiva”.
Se detalla que los amparos fueron concedidos a las empresas Eoliatec del Pacífico y Parque Solar Orejana, quienes el pasado 10 de marzo presentaron el recurso contra el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica publicado el 9 de marzo de 2021, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Argumentó que la competencia y libre concurrencia son derechos que protegen a los participantes del sector eléctrico, a los consumidores y a la sociedad en general, es decir, podrían considerarse como derechos colectivos difusos.
La suspensión definitiva evita un daño que podría ser irreparable no solo en el mercado de la energía eléctrica, el cual no solo repercutiría sobre la esfera jurídica de las quejosas; sino de los consumidores y de la sociedad en general, sino también en el medio ambiente.
“En ese sentido, sería casi imposible reparar dichos daños con una eventual sentencia que conceda la protección constitucional, pues las repercusiones económicas en el mercado de la energía eléctrica para todas los eslabones de la cadena [competidores, generadores y consumidores] no serían fáciles de dimensionar de manera inmediata, concreta y puntual; mientras que las afectaciones al medio ambiente por el aumento en la emisión de gases de efecto invernadero para la generación de energía eléctrica, podrían resultar irremediables”.
No obstante, a pesar de esta suspensión definitiva el gobierno Federal podría impugnar la decisión del juez o en su defecto, hacer algunos cambios en sus artículos para volverla a presentar ante el Congreso para su aprobación.
Hasta el jueves pasado, se habían otorgado más de 30 amparos sobre las reformas hechas en el Congreso de la Unión a la Ley de la Industria Eléctrica por las cuales se da prioridad a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en materia de energía.