La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictaminó que los permisos para generar energía eléctrica emitidos por la Comisión Reguladora de Energía (CRE), pueden modificarse con motivo de las reformas legislativas, sin que ello implique una violación a los principios de seguridad jurídica e irretroactividad de la ley.
Con esta decisión del órgano de justicia, las empresas en México de generación eléctrica están obligadas a cumplir con la transición energética y el uso de combustibles menos dañinos para el medioambiente u otras obligaciones que determinen cambios legales.
Energía eléctrica. Los permisos para generarla emitidos por la @CRE_Mexico, pueden modificarse a través de reformas legislativas, sin que ello implique una violación a los principios de seguridad jurídica e irretroactividad de la ley.
Primera Sala @SCJN
📍Registro 2024839 pic.twitter.com/qVStdmeMHg
— Juan Pablo Gómez Fierro (@JPgomezfierro) June 17, 2022
La empresa Quimi Kao, S.A, que tiene un permiso de generación eléctrica, promovió un juicio de amparo indirecto, contra del artículo 7, fracción III, de la Ley de Transición Energética, el cual impone la obligación a cargo de quienes producen electricidad con energías fósiles de sustituir gradualmente y en forma programada sus instalaciones de generación que excedan los límites establecidos en la normatividad de emisiones contaminantes
La empresa quejosa alegó que el artículo reclamado le imponía dicha obligación a pesar de que, antes de su expedición, se le otorgó un permiso para generar energía en el que no se preveía dicha carga. Desde su perspectiva, el artículo impugnado modifica un derecho previamente adquirido, lo que vulnera los principios de seguridad jurídica e irretroactividad de la ley.
Sin embargo, en votación mayoritaria, los magistrados dictaminaron que “las resoluciones por las que se conceden permisos para generar energía eléctrica y los títulos que contienen sus respectivas condiciones, no otorgan el derecho a los particulares de mantenerse en las circunstancias dadas al momento en que se otorgó el permiso”.
Por el contrario, se les impone la obligación de cumplir con la normativa aplicable y vigente, asumiendo que el no hacerlo constituye causa de revocación del permiso.