La Comisión Nacional para el Uso Eficiente de Energética (CONUEE) informó que este 14 de marzo de 2022 entra en vigor la Norma Oficial Mexicana NOM-003-ENER-2021, Eficiencia térmica de calentadores de agua para uso doméstico y comercial. Límites, métodos de prueba y etiquetado, que es la cuarta versión de la NOM que aplica a estos equipos y que continuará aumentado la eficiencia energética y sus impactos positivos en la economía de las familias.
Esta NOM es de particular relevancia por su impacto en la economía de la mitad de los hogares mexicanos, que son los que hacen uso de gas para calentar agua en sus hogares. A lo largo de 25 años, desde la entrada en vigor de la primera versión en mayo de 1996, se estima que su aplicación ha permitido un ahorro estimado equivalente a más de tres veces el consumo del sector doméstico anual actual, con ahorros de más de 500 mil millones de pesos a las familias mexicanas.
La norma fue elaborada por el Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE), que preside y coordina la Conuee, en colaboración con diversas asociaciones, fabricantes y organismos para la evaluación de la conformidad.
Esta regulación tiene como objeto establecer los niveles mínimos de eficiencia térmica que deben cumplir los calentadores de agua para uso doméstico y comercial. Para esta nueva versión, los niveles mínimos fueron ajustados al modificarse los métodos de prueba que deben usarse para verificar dicho cumplimiento; se amplió la información a incluirse en la etiqueta de eficiencia energética, para orientar al usuario en una mejor opción de compra, y se adecuó el procedimiento para evaluar la conformidad de estos productos.
Para esta versión de la norma se desarrolló un método de prueba nuevo, que representa de mejor manera las condiciones a que son sometidos los calentadores durante su uso cotidiano, lo que permitirá a los usuarios conocer la eficiencia de los productos. Inclusive, la nueva versión de la etiqueta que acompaña a los equipos en puntos de venta incluirá información sobre el consumo de gas de estos equipos cuando están en modo de espera (por el uso de pilotos o por pérdidas de calor en ese estado).
A partir de esta fecha se tendrá un periodo de transición entre las NOM-003-ENER-2011 y la NOM-003-ENER-2021, en el que los productos comprendidos dentro del campo de aplicación comenzarán a obtener su certificado de cumplimiento en la actualización de la norma y se espera que a la brevedad los equipos más eficientes se encuentren disponibles para su adquisición por las familias mexicanas.