La Secretaría de Energía publica en el Diario Oficial un Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la implementación de la Ventanilla Única de Autoconsumo para la atención prioritaria, expedita y simultánea de trámites asociados a la generación de energía eléctrica bajo la figura de Autoconsumo.
El objetivo de los lineamientos tiene por objeto establecer la atención prioritaria, expedita y simultánea de los trámites asociados a la generación de energía eléctrica mediante Centrales Eléctricas con Capacidad Instalada igual o mayor a 0.7 y hasta 20 MW, bajo la figura de Autoconsumo aislado o interconectado, para lo cual se instituye un procedimiento unificado y la Ventanilla Única de Autoconsumo.
En el caso que los trámites de generación para Centrales Eléctricas con Capacidad Instalada igual o mayor a 0.7 y hasta 20 MW, bajo la figura de Autoconsumo aislado o interconectado, que no se sujeten a estos Lineamientos, se deben atender mediante la Vía Ordinaria.
La Ventanilla Única de Autoconsumo (VUA) es el módulo interinstitucional de la Ventanilla Energía, habilitado tanto para la atención expedita y prioritaria de los trámites en materia de Autoconsumo que, en el ámbito de sus atribuciones, sean competencia de la Secretaría, el CENACE y la CFE, así como para fungir como medio de consulta y seguimiento por parte de la CNE.
Las personas que tengan en trámite una solicitud de Estudios de Interconexión o de permiso de generación de energía eléctrica solicitado en términos de la Ley de la Industria Eléctrica, la cual se encuentre ligada a un proyecto susceptible de desarrollarse bajo la figura de Autoconsumo, pueden presentar su desistimiento ante la autoridad competente mediante la vía por la cual se haya iniciado el trámite y realizar las solicitudes correspondientes en términos de los presentes Lineamientos.
En un plazo no mayor a treinta días hábiles contado a partir de la entrada en vigor de los presentes Lineamientos, la Comisión Federal de Electricidad debe inscribir en el Portal Ciudadano Único de Trámites y Servicios, los trámites relativos a la prestación del servicio de ingeniería, al contrato para la venta de Excedentes de Autoconsumo y Productos Asociados y los requisitos para solicitarlos.


















