La Secretaría de Economía por medio de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) publicó un acuerdo por el que prorroga el plazo para la verificación a los instrumentos de medición en los que se requiera la colocación de precintos tipo UI, a que se refiere la Regla 5.5 Quinta de la LISTA de instrumentos de medición cuya verificación inicial, periódica o extraordinaria es obligatoria, así como las normas aplicables para efectuarla», publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de abril de 2016 y su MODIFICACIÓN publicada el 19 de agosto de 2020″.
La institución busca dar certeza y seguridad jurídica al público en general, sobre la prórroga del plazo para la calibración de instrumentos de medición en los que se requiera la colocación de precintos tipo UI, en los instrumentos de medición por las unidades de inspección.
El aviso puntualiza que prorroga el plazo únicamente para la verificación a los instrumentos de medición en los que se requiera la colocación de precintos tipo UI, a que se refiere la Regla 5.5 QUINTA de la «LISTA de instrumentos de medición cuya verificación inicial, periódica o extraordinaria es obligatoria, así como las normas aplicables para efectuarla», publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de abril de 2016 y su MODIFICACIÓN publicada el 19 de agosto de 2020″.
El acuerdo se mantendrá vigente con el objeto de garantizar que los instrumentos de medición que se utilizan en territorio nacional, sean confiables y exactos, privilegiando la protección de los derechos de las personas consumidoras en las transacciones comerciales, hasta en tanto no se publique la cancelación del mismo en el Diario Oficial de la Federación.






















