La Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía (Conuee) publicó en su portal de Internet, los Lineamientos y Formatos para la recopilación de la información sobre su utilización energética que deberán proporcionar los Usuarios de Patrón de Alto consumo (UPAC), en el año 2022.
Lo anterior, con el propósito de brindar los insumos necesarios para que los UPAC puedan cumplir con su obligación de registrar, ante la Conuee, su información sobre la utilización energética obtenida en el año inmediato anterior, en los términos dispuestos en el artículo 100 de la Ley de Transición Energética.
Los UPAC son las personas físicas o morales con instalaciones que cumplan con cualquiera de los siguientes criterios:
- Que su consumo anual de electricidad en el año calendario inmediato anterior haya superado cuarenta y cinco Gigawatts-hora, o
- Que su consumo anual de combustibles en el año calendario inmediato anterior haya superado cien mil barriles equivalentes de petróleo, excluyendo los combustibles para el transporte.
Los mencionados usuarios deberán registrar cada una de las instalaciones que en lo individual cumplan con uno o ambos criterios para ser considerados UPAC, y deben presentar su información a la Conuee, en el periodo comprendido entre el primero de marzo y el treinta de junio del 2022 en el sistema de captura en línea que para tal fin les ofrece esta Comisión.
Para que todos los UPAC cumplan, en tiempo y forma, con esta obligación de ley, la Conuee cada año se coordina con las más importantes Cámaras y Asociaciones Industriales para dar aviso del inicio de captura de información.