La Comisión Nacional de Energía (CNE) publicó el acuerdo por el que se establecen los avisos y formatos para simplificar una modalidad del trámite de actualización de permiso del parque vehicular en petrolíferos, gas licuado de petróleo y petroquímicos.
El presente Acuerdo, publicado en el Diario Oficial, tiene por objeto establecer los avisos y formatos mediante los cuales se simplifica el procedimiento de actualización de permisos de Transporte o Distribución por medios distintos a ductos de Petrolíferos, Gas Licuado de Petróleo o Petroquímicos que requiera actualizar el registro de su parque vehicular por alguno de los siguientes motivos:
- Cambio del número de placa o matrícula de una o más Unidades Vehiculares registradas en el parque vehicular, y
- Baja de una o más Unidades Vehiculares del registro de parque vehicular.
La simplificación a que se refiere consiste en presentar un aviso para actualizar el registro de parque vehicular por alguno de los supuestos señalados en las fracciones I y II anteriores, y emitir los formatos mediante los cuales se deben presentar estos avisos.
En el caso de la fracción I , el aviso sólo es aplicable cuando la actualización sea exclusivamente del cambio de placa o matrícula de la o las Unidades Vehiculares registradas en el parque vehicular, sin que se modifique ningún otro elemento del parque vehicular.
De acuerdo con la información, el aviso de cambio de placa o matrícula asociada a una o más Unidades Vehiculares del parque vehicular, o el aviso de baja de una o más Unidades Vehiculares del registro de parque vehicular, sólo se puede llevar a cabo cuando la persona Permisionaria no tenga en su expediente un trámite de solicitud de actualización de permiso del registro de parque vehicular en proceso de revisión por la Comisión Nacional de Energía, de conformidad con lo establecido en el artículo 1, fracciones I y II de este Acuerdo.
En caso de contar con un trámite a que se refiere el párrafo anterior, en proceso de revisión por la Comisión Nacional de Energía y poder optar por el beneficio de presentar su aviso, la persona Permisionaria debe manifestar y presentar su desistimiento del trámite de actualización de permiso por cambio de parque vehicular, mediante la presentación del mismo aviso.
A partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo, las personas Permisionarias que cuenten con un título de permiso vigente de Petrolíferos y Gas Licuado de Petróleo cuentan con un plazo de 30 días hábiles para actualizar la información de sus pólizas de seguro en el registro de parque vehicular, en términos de la información solicitada en el artículo 7, fracción V de este Acuerdo, a través de la Oficialía de Partes Electrónica de la Comisión Nacional de Energía.
La Comisión Nacional de Energía debe publicar en su página electrónica y en la Oficialía de Partes Electrónica, los formatos referidos en este Acuerdo el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.






















