La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) notificó a un agente económico sobre su probable responsabilidad en la realización de prácticas contrarias a la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) en el mercado de la comercialización, almacenamiento y transporte de petrolíferos en México y servicios relacionados.
Asimismo, fue emplazado al procedimiento seguido en forma de juicio para que el probable responsable presente su defensa.
Los petrolíferos, como la gasolina y el diésel son fundamentales para la economía del país, su disponibilidad, precio y calidad impactan de manera transversal a todos los sectores productivos y en el bienestar de las familias mexicanas, de ahí la importancia de que esta cadena de valor funcione en un ambiente de competencia.
La investigación de este asunto, expediente IO-001-2018, concluyó el 26 de mayo del 2021. Al respecto la Autoridad Investigadora señaló en su dictamen de probable responsabilidad; que tuvo conocimiento de hechos que posiblemente derivaron en la realización de la práctica monopólica relativa descrita en la fracción X del artículo 56 de la LFCE; que implica establecer distintos precios o condiciones de venta o compra para diferentes compradores o vendedores en condiciones equivalentes.
Se inicia juicio
Con este emplazamiento inicia la etapa del procedimiento seguido en forma de juicio, a cargo de la Secretaría Técnica de esta Comisión, en el cual el probable responsable podrá manifestar lo que a su derecho convenga. También podrá ofrecer pruebas relacionadas con las presuntas imputaciones hechas en su contra.
Una vez realizadas estas manifestaciones, desahogadas las pruebas y presentados los alegatos correspondientes, el Pleno de la COFECE podrá resolver conforme a derecho.
De acuerdo con la LFCE, de comprobarse la existencia de una práctica monopólica relativa, el agente económico podría recibir multa de hasta el 8% de sus ingresos.
¿Qué es una práctica monopólica relativa?
Una práctica monopólica relativa (PMR) es cuando una empresa abusa del poder sustancial que tiene en un mercado, para desplazar indebidamente a sus competidores, impedirles el acceso o establecer ventajas exclusivas en favor de una o varias personas.
Hay diferentes tipos de PMR: ventas atadas, boicot, exclusividades, subsidios cruzados, negativa de trato, discriminación de precios.
Este tipo de conductas sólo se castigas si las lleva a cabo una empresa con poder sustancial de mercado y cuando no generen beneficios para el consumidor.
Las sanciones que puede imponer la COFECE pueden ir desde una multa de has 8% de ingresos anuales hasta una doble multa o desincorporación de activos en caso de reincidencia.