La Secretaría de Energía (Sener) anunció que interpondrá un recurso de revisión y apelará la resolución, con el argumento de que es “ilegal la sentencia definitiva” contra la instrucción de esta dependencia de todos los privados usuarios del sistema nacional de gasoductos deberían comprar el gas natural solo con Petróleos Mexicanos (Pemex) o con la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
A penas el viernes pasado, un grupo de 10 empresas obtuvieron una suspensión definitiva contra la instrucción girada, cuando el juez segundo de distrito en Materia Administrativa, especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, Juan Pablo Gómez Fierro, otorgó la protección mediante auto al considerar que el oficio de la Sener monopoliza la importación de gas.
Cabe recordar que el pasado 13 de junio de 2022, la Sener giró el oficio SENER.100/195/2022 a los titulares de la Comisión Reguladora de Energía (CRE), Leopoldo Melchi García, y del Centro Nacional de Control del Gas Natural (Cenagas), Abraham David Alipi Mena; por medio del cual los instruyó para que aplicaran la “Estrategia de garantía de suministro para la optimización de capacidad del Sistema de Transporte y Almacenamiento Nacional Integrado de Gas Natural (Sistrangas)”.
Esa estrategia implica acreditar un contrato de compra del energético con Pemex o con CFE para poder tener el servicio de transporte por medio del Sistrangas, en un plazo 60 días que vencería el próximo 13 de agosto.
No obstante, este lunes la Sener señaló que ante la concesión de la suspensión definitiva que fue otorgada por el Juez, interpondrá el recurso de revisión “y va a apelar dicha resolución, porque consideramos ilegal la sentencia interlocutoria dictada dentro del juicio de amparo 254/2022, 255/2022.”
Indicó que el control y la planeación en materia de hidrocarburos son facultades exclusivas del Gobierno Federal a cargo de la Secretaría de Energía, por lo que los criterios que se emitan como parte de la política energética, son observados y coordinados en conjunto con los diferentes organismos del sector energético, tal como lo establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Destacó que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha estimado que la autonomía técnica y de gestión de la Comisión Reguladora de Energía, no es absoluta, en el sentido de que sigue siendo un órgano dependiente del Poder Ejecutivo Federal y por tanto forma parte de los organismos que componen el sistema de hidrocarburos.
Las empresas involucradas son GDF Suez México Comercializadora, sociedad de responsabilidad limitada de capital variable; Consorcio Mexi-Gas; Tractebel Digagro; Tractebel DGJ; Tractebel GNP; Natgasmex; Tamauligas; Engie San Miguel de Allende, todas sociedades anónimas de capital variable; Energia Natural Peninsular, y a GE Gaseco Gnv Región Golgo.