La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen de la Miscelánea Fiscal para el ejercicio fiscal 2022, contenida en el Paquete Económico que remitió el Ejecutivo Federal el pasado 8 de septiembre. Se turnó al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
El dictamen con proyecto de decreto reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto sobre Producción y Servicios, de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, del Código Fiscal de la Federación y otros ordenamientos.
La vicepresidenta de la Mesa Directiva, en funciones de la presidencia, diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos, agradeció a nombre de la Mesa Directiva la voluntad y la disposición que han mostrado los grupos parlamentarios para agilizar el desarrollo de esta sesión.
Las reservas
Con 274 votos a favor, 220 con contra y cero abstenciones, se avaló en lo particular el dictamen, con las reservas aceptadas por el Pleno.
Las modificaciones aceptadas por la Asamblea son: De la Ley del Impuesto Sobre la Renta que corresponde a la supresión de los artículos 9, 74-B, 189, 190, 202, 203 y 204 y la modificación del párrafo noveno del artículo 113-E.
De la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios se eliminan las disposiciones transitorias. Del Código Fiscal de la Federación, modificaciones a los artículos 27, apartado A, párrafo quinto; 91-A y 96, fracción III; y la fracción sexta de las disposiciones transitorias.
De la diputada Ana Laura Huerta Valdovinos (PVEM) se aceptó eliminar las reformas a los artículos 9 fracción II, 189, 190, 202, 203 y 204 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, relativas a mantener diversos estímulos fiscales.
También, del diputado Daniel Gutiérrez Gutiérrez (Morena) se suprimió el artículo 74-B de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para que quede como se encuentra vigente en 2021, en materia de las personas morales de derecho agrario.
Del diputado Rubén Gregorio Muñoz Álvarez (Morena), al párrafo noveno del artículo 113-E de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para aumentar de 300 mil a 900 mil pesos, el tope propuesto para no pagar el Impuesto Sobre la Renta, que se establece para las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras.
Una de la diputada Paola Tenorio Adame (Morena), relativa a eliminar el Artículo Quinto de las disposiciones transitorias de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, en materia de cuotas aplicables a los combustibles automotrices.
Se aceptó modificar el párrafo quinto del artículo 27 del Código Fiscal de la Federación, para precisar que no se aplicarán sanciones a los jóvenes de 18 años que no se inscriban al Registro Federal de Contribuyentes. Fue impulsada por la diputada Lidia García Anaya (Morena).
Una más modifica el primer párrafo del artículo 91-A y la fracción III del artículo 96 del Código Fiscal de la Federación, planteada por el diputado Benjamín Robles Montoya (PT), para que no sea considerada como infracción la omisión de la denuncia por parte del contador público tratándose de la clasificación arancelaria de mercancías.
Otra reserva aceptada es la del diputado Irán Santiago Manuel (Morena) al Artículo Noveno Transitorio, fracción cuarta de la Miscelánea Fiscal 2022, relativa a la inscripción de las personas físicas mayores de edad en el Registro Federal de Contribuyentes, para que no sean sancionados.
En términos del dictamen
En lo particular y en términos del dictamen, se aprobó con esa misma votación de 274 votos a favor, 220 con contra y cero abstenciones, diversos artículos que fueron reservados por diputadas y diputados de Morena, PAN, PRI, PT, MC y PRD.
Estas son: al título del dictamen y las consideraciones tercera y cuarta del dictamen.
Del Artículo Primero de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a los artículos 4, 7, 8, 11, 14, 18, 19, 24, 27, 28, 32, 34, 55, 56, 57, 58, 74, 74-A, 74 Bis, 75, 76-A, 77, 113-F, 113-G, 113-H, 113-I, 151, 152, 166, 182, 183 Bis, 185, 196, 206, 207, 208, 209 y 215.
Al Artículo Tercero de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, los artículos 2-A, 4-A, 5, 5-D, 18-D, 18-H Bis y 21.
Al Artículo Cuarto de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, los artículos 2, 3, 5 y 19. Artículo sexto de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, los artículos 2 y 8.
Al Artículo Octavo del Código Fiscal de la Federación, a los artículos 9, 17-D, 17-E, 17-H, 17-H Bis, 17-I, 22, 22-D, 23, 25, 28, 29-A, 31, 32-A, 32-B, 42-B, 52, 52-A, 58, 69-B, 69-C, 69-G, 74, 103, 104, 105, 108, 151 Bis y 161.
Ley Federal de Derechos 2022
El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.
El documento, que forma del Paquete Económico para el ejercicio fiscal 2022, fue remitido por la Mesa Directiva al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
En lo particular y en términos del dictamen, se avalaron con 270 votos a favor, 212 contra y cero abstenciones, diversas reservas impulsadas por diputadas y diputados de Morena, PAN, PRI, PT, MC y PRD.
Quedó en términos del dictamen el penúltimo párrafo y el numeral 25 de las actividades de la Comisión de Hacienda y Crédito Público dentro de los antecedentes del dictamen.
Las consideraciones del dictamen: Segunda, Decima Quinta, Vigésima, Trigésima Cuarta, Cuadragésima y Quincuagésima. El artículo único de instrucción del proyecto de decreto.
Además, los artículos: 3 Bis, 8, 15, 19-G, 20, 24, 26, 29-I, 30, 40, 53-I, 53-K, 73-A, 77, 148, 184, 192, 195, 195-C, 195-T, 195-U, 195-V, 195-Z-11BIS, 195-Z-28, 198, 229, 240, 271, 275 y 288. También, el artículo Segundo Transitorio del proyecto de decreto.
Conforme a lo acordado por las diputadas y los diputados, se ajustan diversas cuotas por la prestación de servicios que proporcionan las dependencias de la Administración Pública Federal.
Entre ellas: por concepto de emisión de pasaporte, cobros por servicios migratorios, por servicios aduaneros, derecho correspondiente a la obtención de los códigos de seguridad en cajetillas de cigarros u otros tabacos labrados, cobro que refleje el servicio que presta la Comisión Federal de Competencia Económica, figura de la renovación de categoría derivado de la transición entre la expedición a través de medios físicos de licencia de autotransporte.
Ampliar el supuesto de exención a personas con cualquier tipo de discapacidad en materia de derechos de autor; actualiza los conceptos por servicios registrales de inmuebles propiedad federal, forestales, de sanidad, relacionados con armas de fuego y control de explosivos, marítimos, por uso o aprovechamiento de áreas naturales protegidas.
También, por uso, explotación o aprovechamiento de aguas nacionales, uso del espectro radioeléctrico, recursos destinados a los centros educativos y fortalecimiento del sector salud, cuerpos receptores de las descargas de aguas residuales y, bienes culturales propiedad de la Nación.