El decreto para reformar la Ley de Hidrocarburos (LH) otorga más facultades al Gobierno mexicano para revisar, suspender y cancelar los permisos otorgados a activos de hidrocarburos. Fitch Ratings considera que las cláusulas de fuerza mayor (FM) descritas en los contratos de servicio de transporte de gas natural protegen los ingresos de los proyectos de gasoductos y, en consecuencia, a los tenedores de los bonos. Esta reforma a la LH expone a algunos proyectos de gas natural y oleoductos a la suspensión o revocación de sus permisos. La ley se publicó recientemente en el Diario Oficial de la Federación e impacta de manera directa a los segmentos de almacenamiento, transporte y distribución de hidrocarburos.
La reforma permite a la Secretaría de Energía (Sener) y a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) suspender o revocar permisos cuando se prevea una amenaza inminente a la seguridad nacional, a la seguridad energética o a la economía nacional. Los términos son amplios y no se especifica un período máximo de suspensión, lo que permite que la ley sea interpretada y aplicada subjetivamente a expensas de los inversionistas privados. Además, los permisos podrán ser revocados si CRE determina que una entidad no cumple con la ley. La LH original de 2014 establecía que el incumplimiento de dichos términos solo daría lugar a multas.
Asimismo, la reforma prevé que Sener o CRE podrán tomar el control de la administración y operación del permisionario ya sea ocupando al personal existente, contratando a un operador nuevo o con una combinación de las anteriores. En ninguno de los casos se pagará una compensación a los propietarios si hubiera una suspensión del contrato. Los permisionarios perjudicados podrán solicitar el pago de las afectaciones correspondientes. Sin embargo, no hay garantía de que los daños se compensen en su totalidad o que se reciban de manera oportuna para cubrir el servicio de la deuda. Los permisos pueden ser restaurados cuando el permisionario demuestre que los motivos que originaron la suspensión se han resuelto; de lo contrario, los permisos se revocarían.
En contraste con los proyectos de infraestructura típicos, el portafolio limitado de proyectos de gasoductos calificados por Fitch se beneficia de provisiones de fuerza mayor especialmente robustas. Estas provisiones previenen que el comprador, la Comisión Federal de Electricidad (CFE calificado en escala internacional en ‘BBB-’ con Perspectiva Estable), interrumpa o suspenda sus obligaciones de pago. Asimismo, CFE debe realizar un pago de terminación equivalente a la deuda pendiente en caso de rescindir el contrato como resultado de algún evento por fuerza mayor ocasionado por actos de la autoridad gubernamental.
Los tenedores de deuda de los contratos de ingresos de proyectos de infraestructura típicos estarían expuestos al incumplimiento del pago de la deuda, ya que el período máximo de suspensión no está definido en la reforma de ley. Los contratos de proyectos de infraestructura típicos permiten al comprador rescindir el contrato sin un pago por terminación en caso que el evento de FM se extienda más allá de un período específico. Las cláusulas estándar de FM limitan generalmente el período durante el cual se requiere que el comprador continúe pagando sin recibir servicio, y pueden incluir un lenguaje más ambiguo con respecto a la definición de un evento de FM.
Además, el decreto introduce el concepto legal de negativa ficta para las aprobaciones de permisos. Es decir, si el período establecido para la emisión de un permiso vence sin una resolución explícita de la autoridad, el silencio se interpretaría como una negativa del permiso. Fitch espera que esto, en combinación con los otros cambios a la ley, ralentice o evite el desarrollo de proyectos de hidrocarburos nuevos en México.
Por otro lado, la importación de gas natural desde Estados Unidos abastece 75% de la demanda total mexicana y, como resultado, es menos probable que los gasoductos sean objeto de la nueva ley. Además, los activos son estratégicamente importantes para el país ya que la producción de gas de Petróleos Mexicanos (PEMEX calificado en escala internacional en ‘BB-’ con Perspectiva Estable) ha disminuido en promedio 3.7% cada año desde 2010. Esta disminución es producto de la caída en la producción de las cuencas del Sureste y Burgos. Las centrales eléctricas de gas natural produjeron más de 60% de la generación eléctrica del país en 2019 y 2020, y CFE planea aumentar su capacidad de generación con base en gas natural en los próximos años.
Recientemente, la reforma fue suspendida parcialmente con efectos generales por dos Jueces de Distrito, y Fitch anticipa la presentación de un número mayor de recursos legales.